laboral

Salario

Remuneración que recibe el trabajador como contraprestación por el servicio prestado. Incluye sumas en dinero y, ocasionalmente, en especie.

El salario es la remuneración que recibe el trabajador como contraprestación directa por el servicio prestado. Está definido en los Arts. 127 a 130 del CST: incluye no solo la suma fija mensual sino también las primas habituales, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario, y todo pago que retribuya directamente el servicio.

Existe el salario integral (Art. 132 CST), modalidad pactable solo para salarios superiores a 10 SMMLV y que debe equivaler como mínimo al monto base + un factor prestacional del 30 %. En esa modalidad, las prestaciones sociales se entienden incluidas en el salario, pero NO las cesantías ni la prima de servicios cuando se calculan en el régimen normal.

Pagos que NO constituyen salario (Art. 128 CST): sumas ocasionales y por mera liberalidad del empleador (bonos no habituales), prestaciones sociales propiamente dichas, beneficios extra-legales pactados expresamente como no salariales, propinas en hostelería, viáticos accidentales y los pagos que correspondan a compensación de gastos de la actividad (auxilio de transporte, dotación, etc.).

El salario mínimo legal mensual vigente (SMMLV) se fija anualmente por decreto presidencial tras concertación en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales (Art. 56 CN). Para 2026 es de COP 1.423.500.