constitucional

Habeas data

Derecho fundamental a conocer, actualizar y rectificar la información personal recopilada en bases de datos públicas y privadas.

El habeas data es el derecho fundamental de toda persona a conocer, actualizar, rectificar y suprimir la información que sobre ella se haya recogido en bases de datos públicas o privadas. Está consagrado en el Art. 15 de la Constitución y desarrollado por la Ley Estatutaria 1581 de 2012 (régimen general de protección de datos) y la Ley 1266 de 2008 (régimen específico de información financiera y crediticia).

Tiene cuatro facultades: conocer (saber qué datos hay sobre uno), actualizar (que reflejen la situación actual), rectificar (corregir lo erróneo) y suprimir (eliminar lo que no debería estar). El responsable del tratamiento debe responder solicitudes en 15 días hábiles para reclamos generales y 10 días hábiles para consultas, con autoridad de control de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

En el sector financiero aplica la Ley 1266: los reportes negativos en centrales de riesgo (Datacrédito, TransUnion) tienen plazos máximos de permanencia y caducidad. La Ley 2157 de 2021 reforzó el "borrón y cuenta nueva" al ordenar la eliminación de reportes negativos para deudas pequeñas pagadas.

El tratamiento de datos sensibles (salud, orientación sexual, ideología) tiene protección reforzada y solo puede hacerse con autorización expresa del titular o por mandato legal.