El Código General del Proceso es la Ley 1564 de 2012, vigente en todo el territorio nacional desde el 1 de enero de 2016. Reemplazó al Código de Procedimiento Civil de 1970 y unificó la regulación procesal de las jurisdicciones civil, comercial, de familia y agraria.
Sus principios rectores son la oralidad, la concentración, la publicidad, la inmediación y el impulso oficioso. Marca un cambio paradigmático respecto al CPC: ahora la regla es la audiencia oral con intervención directa del juez, no el expediente escrito que pasa años en estanterías.
Estructura general: Libro I (sujetos del proceso), Libro II (actos procesales), Libro III (procesos declarativos: verbales y verbales sumarios), Libro IV (procesos de ejecución), Libro V (procesos de jurisdicción voluntaria). Los procesos declarativos verbales constituyen la regla general; los verbales sumarios aplican a controversias específicas (Art. 390 CGP).
Aplicación supletoria: el CGP rige también los procesos laborales (Art. 145 CST), penales (Art. 25 Ley 906 de 2004), contencioso-administrativos (Art. 306 CPACA) y disciplinarios cuando el código respectivo no regule expresamente la materia. Esto lo convierte en código procesal de uso transversal en todo el sistema.