Calculadora de Vencimiento de Términos Penales
Calcula la fecha de vencimiento de un término procesal penal (acusación, audiencia preparatoria, juicio oral y libertad por vencimiento) según la Ley 906 de 2004. Gratis y sin registro.
| Término | Formulación de acusación — 60 días |
| Días del término | 60 días calendario |
| Fecha de vencimiento | 16 de agosto de 2026 |
| Estado | Vence en 60 días |
Base legal
- Formulación de acusación — 60 días (Ley 906 de 2004, Art. 175): término para presentar el escrito de acusación.
- Audiencia preparatoria — 45 días (Ley 906 de 2004, Art. 175): término para realizar la audiencia preparatoria.
- Inicio del juicio oral — 45 días (Ley 906 de 2004, Art. 175): término para dar inicio al juicio oral.
- Libertad por vencimiento (sin acusación) — 90 días (Ley 906 de 2004, Art. 317 numeral 4): libertad cuando transcurridos 90 días desde la formulación de imputación no se ha presentado el escrito de acusación.
- Libertad por vencimiento (sin juicio) — 120 días (Ley 906 de 2004, Art. 317 numeral 5): libertad cuando transcurridos 120 días desde la audiencia preparatoria no se ha iniciado el juicio oral.
Los términos se cuentan en días y algunos se suspenden o se computan de forma distinta según el trámite (Ley 906 de 2004, Arts. 175 y 317). Este resultado es una estimación orientativa con fines informativos; verifica siempre el cómputo con el expediente y la normativa vigente.
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Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la fecha de vencimiento de un término penal?
La calculadora suma los días del término elegido a la fecha de inicio, contados en días calendario corridos. Por ejemplo, 60 días para formular acusación o 90 días para la libertad por vencimiento sin acusación (Ley 906 de 2004).
¿En qué norma se basan estos términos procesales penales?
En la Ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal): el Art. 175 fija los términos de acusación (60 días), audiencia preparatoria (45 días) e inicio del juicio oral (45 días), y el Art. 317 regula la libertad por vencimiento (90 y 120 días).
¿Cuándo procede la libertad por vencimiento de términos?
Procede cuando transcurren 90 días desde la formulación de imputación sin escrito de acusación (Art. 317 num. 4), o 120 días desde la audiencia preparatoria sin que inicie el juicio oral (Art. 317 num. 5).
¿El resultado de la calculadora es exacto para cualquier proceso?
Es una estimación orientativa: algunos términos se suspenden o se computan de forma distinta según el trámite (Arts. 175 y 317). Verifica siempre el cómputo con el expediente y la normativa vigente.