Liquidador General de Créditos 2026

Liquida un crédito en Colombia: capital más intereses entre dos fechas a una tasa efectiva anual, en modo simple o compuesto. Anclado a valores 2026, gratis y sin registro.

Total a pagar$ 11.150.385 161 días · interés compuesto
Capital$ 10.000.000
Intereses (161 días)$ 1.150.385
Total a pagar$ 11.150.385

Cálculo con tasa efectiva anual sobre base de 365 días. La tasa pactada no puede exceder el tope de usura vigente certificado por la Superintendencia Financiera; verifícalo antes de aplicarla.

Base legal

Resultado estimado con fines informativos. No constituye asesoría jurídica ni financiera; no contempla pagos parciales, gastos de cobranza, indexación ni intereses moratorios distintos de la tasa indicada. Verifica siempre el tope de usura vigente y la liquidación oficial.

Otras calculadoras

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calculan los intereses de un crédito en este liquidador?

Se aplica la tasa efectiva anual (E.A.) que pactaste sobre el capital, prorrateada por los días calendario entre las dos fechas usando una base de 365 días. En modo compuesto se usa capital × ((1 + i)^(días/365) − 1) y en modo simple capital × i × días/365.

¿Cuál es la diferencia entre interés simple y compuesto?

El interés simple es lineal: se calcula siempre sobre el capital inicial. El interés compuesto capitaliza, es decir, los intereses se suman al capital y generan nuevos intereses, por lo que arroja un total mayor en el mismo período.

¿Cuál es el límite legal de la tasa que puedo pactar?

La tasa convencional no puede superar el tope de usura vigente, que la Superintendencia Financiera de Colombia certifica a partir del interés bancario corriente. Pactar o cobrar por encima del tope de usura constituye delito (Código Penal Art. 305) y se sanciona civilmente.

¿Qué base legal respalda este cálculo y qué no contempla?

Se apoya en el Código Civil Art. 1617, que regula los intereses convencionales y de mora y permite pactar la tasa de común acuerdo. El resultado es estimado y no incluye pagos parciales, gastos de cobranza, indexación ni intereses moratorios distintos de la tasa indicada.