Calculadora de Dosificación Punitiva 2026 (Sistema de Cuartos)
Divide el ámbito punitivo en cuatro cuartos y determina el ámbito de movilidad aplicable según las circunstancias de mayor y menor punibilidad (Código Penal, arts. 60 y 61). Gratis y sin registro.
| Cuarto | Meses | Años |
|---|---|---|
| Cuarto 1 aplicable | 48 – 63 | 4 – 5,25 |
| Cuarto 2 | 63 – 78 | 5,25 – 6,5 |
| Cuarto 3 | 78 – 93 | 6,5 – 7,75 |
| Cuarto 4 | 93 – 108 | 7,75 – 9 |
Los modificadores del tipo (tentativa, complicidad) y las rebajas procesales se aplican en el orden legal: primero el modificador sobre el marco punitivo y luego la rebaja sobre el límite inferior del cuarto aplicable. Estimación orientativa, no sustituye el cálculo del juez.
Base legal
- Art. 60 (Ley 599 de 2000): fijados los límites mínimo y máximo de la pena, el ámbito punitivo de movilidad se divide en cuatro partes iguales (cuartos).
- Art. 61 (Ley 599 de 2000): el juez se mueve en el cuarto mínimo cuando no concurran circunstancias atenuantes ni agravantes, o solo de menor punibilidad; en los cuartos medios cuando concurran circunstancias de mayor y menor punibilidad; y en el cuarto máximo cuando solo concurran de mayor punibilidad.
- Art. 27 (Ley 599 de 2000) — Tentativa: la pena no será menor de la mitad del mínimo ni mayor de las tres cuartas partes del máximo del respectivo tipo (min × 0,5 y max × 0,75).
- Art. 30 (Ley 599 de 2000) — Complicidad: al cómplice se le impondrá la pena prevista para la infracción disminuida de una sexta parte a la mitad (min × 0,5 y max × 5/6).
- Rebajas procesales: el allanamiento a cargos y los preacuerdos (Ley 906 de 2004, arts. 351 y ss.) reducen la pena según el momento procesal (50% en imputación, hasta 1/3 en preparatoria, 1/6 en juicio, 30% por preacuerdo). Se aplican sobre la pena fijada en concreto.
- Fórmula: amplitud = pena máxima − pena mínima; cada cuarto = amplitud ÷ 4. C1 = [min, min+¼]; C2 = [min+¼, min+½]; C3 = [min+½, min+¾]; C4 = [min+¾, max].
Resultado estimado con fines informativos (anclado a 2026). Determina el ámbito de movilidad, no la pena en concreto: dentro del cuarto aplicable el juez gradúa la sanción según la gravedad de la conducta, el daño, la intensidad del dolo y demás criterios del Art. 61. Verifica siempre rebajas, agravantes específicos y dispositivos amplificadores del tipo.
Otras calculadoras
Preguntas frecuentes
¿Qué es el sistema de cuartos para dosificar la pena?
Es el método del Art. 60 de la Ley 599 de 2000: fijados los límites mínimo y máximo de la pena, el ámbito punitivo de movilidad se divide en cuatro partes iguales (cuartos). El juez primero determina dentro de qué cuarto puede moverse y luego gradúa la pena concreta dentro de él.
¿Cómo se elige el cuarto aplicable según el Art. 61?
Si no concurren circunstancias o solo hay de menor punibilidad, el juez se mueve en el cuarto mínimo (primero). Si concurren de mayor y de menor punibilidad, en los cuartos medios (segundo y tercero). Si solo concurren de mayor punibilidad, en el cuarto máximo (cuarto).
¿Cómo calcula la herramienta cada cuarto?
La amplitud del ámbito punitivo es la pena máxima menos la mínima, y cada cuarto mide esa amplitud dividida entre 4. Así, el primer cuarto va de la pena mínima a mínima+¼; los siguientes suman un cuarto cada uno hasta llegar a la pena máxima.
¿La calculadora fija la pena definitiva del condenado?
No. Solo determina el ámbito de movilidad (el cuarto o cuartos aplicables) anclado a 2026. Dentro de ese rango el juez gradúa la sanción según la gravedad de la conducta, el daño, la intensidad del dolo y demás criterios del Art. 61, sin contar rebajas ni dispositivos amplificadores del tipo.