Calculadora de Créditos — Art. 446 CGP

Liquida un crédito en proceso ejecutivo: capital más intereses de mora según el Art. 446 del Código General del Proceso. Elige interés simple o compuesto. Gratis y sin registro.

Total liquidado$ 22.431.427 167 días calendario · interés compuesto 28.5% E.A.
Capital$ 20.000.000
Intereses de mora$ 2.431.427
Días en mora167
Total liquidado$ 22.431.427

Interés calculado sobre el capital con tasa 28.5% efectiva anual, base 365 días. Verifica que la tasa aplicada no supere el tope de usura vigente.

Base legal

Resultado estimado con fines informativos. No reemplaza la liquidación oficial del crédito ni la verificación del tope de usura vigente; el cálculo no incluye abonos, costas, agencias en derecho ni tasas variables por periodo. Verifica siempre con un profesional.

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Preguntas frecuentes

¿Qué regula el Art. 446 del Código General del Proceso?

El Art. 446 del CGP (Ley 1564 de 2012) regula la liquidación del crédito en el proceso ejecutivo: el ejecutante presenta la liquidación de capital, intereses y costas, y el juez la aprueba u objeta. Esta calculadora estima el capital más los intereses de mora entre dos fechas.

¿Cómo calcula los intereses de mora esta herramienta?

Toma el capital adeudado y le aplica la tasa de mora efectiva anual que ingreses por los días de mora entre la fecha de inicio y la de liquidación, con base 365 días. Puedes elegir interés simple (lineal) o compuesto (con capitalización).

¿Cuál es el tope de usura que no puede superar la tasa de mora en 2026?

Según el Art. 305 del Código Penal y el Art. 884 del Código de Comercio, el interés de mora no puede exceder 1,5 veces el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera; el exceso constituye usura. Verifica el tope vigente antes de liquidar.

¿La liquidación incluye costas, agencias en derecho y abonos?

No. El cálculo cubre únicamente capital más intereses de mora; no incluye abonos parciales, costas, agencias en derecho ni tasas variables por periodo. Es una estimación informativa que no reemplaza la liquidación oficial aprobada por el juez.