Glosario judicial de Costa Rica

Casillero judicial

Medio de notificación en la oficina centralizada de un circuito, disponible para abogados, empresas e instituciones públicas.

Definición y uso

La Ley 8687 (artículos 52 a 54) lo regula: la oficina centralizada deposita las cédulas en el casillero y el titular tiene un plazo máximo de quince días hábiles para retirarlas.

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