Glosario de Costa Rica

Glosario judicial de Costa Rica

Los términos que vas a encontrar en tu expediente, explicados sin jerga.

Términos

Gestión en Línea

Sistema del Poder Judicial de Costa Rica para consultar expedientes, presentar escritos y recibir notificaciones por internet.

Ver término

Número de expediente

Identificador único de un expediente judicial en Costa Rica: año, consecutivo, código del despacho y materia (AA-NNNNNN-OOOO-MM).

Ver término

Expediente judicial

Conjunto ordenado de escritos, resoluciones, actas y pruebas de un proceso, identificado por su número de expediente.

Ver término

Expediente electrónico

Versión digital del expediente judicial, a la que las partes acceden por Gestión en Línea con usuario o firma digital.

Ver término

Despacho judicial

Oficina judicial (juzgado o tribunal) que tramita un expediente. Su código de cuatro dígitos forma parte del número.

Ver término

Circuito judicial

División territorial con la que el Poder Judicial organiza sus despachos; un circuito agrupa los de uno o varios cantones.

Ver término

Materia

Rama del derecho a la que pertenece un proceso (civil, familia, laboral, penal, contencioso…), indicada por las dos letras finales del número.

Ver término

Clase de proceso

Tipo de proceso que registra Gestión en Línea para un expediente, por ejemplo un proceso monitorio o una pensión alimentaria.

Ver término

Estado del expediente

Situación que Gestión en Línea registra para un expediente, con la fecha desde la que rige.

Ver término

Resolución judicial

Decisión que emite un despacho dentro de un expediente. En Gestión en Línea aparece con su código, descripción y fecha.

Ver término

Providencia

Resolución de mero trámite que impulsa el proceso sin decidir cuestiones de fondo, como dar traslado o tener por presentado un escrito.

Ver término

Auto

Resolución que decide una cuestión dentro del proceso sin resolver el fondo del asunto, por ejemplo admitir o rechazar una prueba.

Ver término

Sentencia

Resolución que decide el fondo del asunto y pone fin a la instancia; puede ser recurrida según la materia.

Ver término

Notificación judicial

Acto con el que se comunica una resolución a las partes; desde ella empiezan a correr los plazos.

Ver término

Medio para notificaciones

Correo electrónico, fax o casillero que una parte señala para recibir las notificaciones de un proceso (Ley 8687).

Ver término

Notificación automática

Consecuencia de no señalar un medio: las resoluciones posteriores quedan notificadas veinticuatro horas después de dictadas.

Ver término

Notificación por correo electrónico

Notificación enviada a la cuenta que la parte señaló; se tiene por hecha el día hábil siguiente a la transmisión.

Ver término

Casillero judicial

Medio de notificación en la oficina centralizada de un circuito, disponible para abogados, empresas e instituciones públicas.

Ver término

Cédula de notificación

Documento con el que se entrega una notificación judicial; trae el número de expediente y la resolución que se comunica.

Ver término

Plazo judicial

Tiempo que tiene una parte para actuar en el proceso. Se cuenta en días hábiles desde el siguiente a la notificación de todas las partes.

Ver término

Firma digital

Firma con un certificado digital de una autoridad certificadora acreditada; sirve para entrar a Gestión en Línea y firmar escritos.

Ver término

Escrito

Documento con el que una parte se dirige al despacho dentro de un expediente: una contestación, una prueba, un recurso.

Ver término

Cuantía

Valor económico estimado de un proceso. Gestión en Línea lo muestra cuando el expediente lo registra.

Ver término

Proceso monitorio

Proceso para cobrar obligaciones de dinero respaldadas en un documento, regulado por la Ley de Cobro Judicial (N.º 8624).

Ver término

Pensión alimentaria

Obligación de dar alimentos a quien tiene derecho a recibirlos, tramitada ante los juzgados de pensiones (Ley N.º 7654).

Ver término

Apremio corporal

Medida que puede ordenar el juzgado de pensiones contra quien no paga la pensión alimentaria, según la Ley N.º 7654.

Ver término

Recurso de revocatoria

Recurso que se presenta ante el mismo despacho que dictó la resolución para que la revise.

Ver término

Recurso de apelación

Recurso para que un tribunal superior revise una resolución de primera instancia.

Ver término

Recurso de casación

Recurso extraordinario ante las Salas de casación de la Corte Suprema de Justicia contra ciertas sentencias.

Ver término

Salas de casación

Las Salas Primera, Segunda y Tercera de la Corte Suprema de Justicia, que conocen la casación según la materia.

Ver término

Sala Constitucional

Sala de la Corte Suprema de Justicia (Sala IV) que conoce los recursos de amparo, de hábeas corpus y las acciones de inconstitucionalidad.

Ver término

Recurso de amparo

Acción ante la Sala Constitucional para proteger un derecho fundamental frente a un acto u omisión.

Ver término

Hábeas corpus

Recurso ante la Sala Constitucional que protege la libertad e integridad personal frente a detenciones o amenazas ilegítimas.

Ver término

Audiencia

Acto oral del proceso en el que el despacho escucha a las partes, recibe prueba o resuelve; se señala por resolución.

Ver término

Juzgado contravencional

Despacho que conoce contravenciones y otros asuntos que la ley le asigna, a menudo en cantones sin juzgados especializados.

Ver término

Defensa Pública

Servicio del Poder Judicial de Costa Rica que brinda defensa técnica gratuita en las materias que la ley establece.

Ver término

Ministerio Público

Órgano del Poder Judicial que ejerce la acción penal; sus fiscalías investigan los delitos.

Ver término

Vigila tus expedientes de Costa Rica

Te avisamos por correo y WhatsApp cuando un expediente que sigues tiene una novedad. Plan gratuito disponible.

Crear cuenta gratis

NeoJurídico es un proveedor privado de software y no está afiliado al Poder Judicial de Costa Rica ni al Órgano Judicial de Panamá. La información proviene de sus consultas públicas.