Tres recursos, tres destinos
La revocatoria se presenta ante el mismo despacho que dictó la resolución. La apelación lleva el asunto a un tribunal superior. La casación, extraordinaria, la conocen las Salas Primera, Segunda o Tercera de la Corte Suprema según la materia.
No toda resolución admite todos los recursos: depende de la materia y de lo que la ley permita recurrir.
El plazo corre desde la notificación
Los plazos para recurrir son cortos y se cuentan en días hábiles desde el día siguiente a la notificación de todas las partes. Varían según la materia y el tipo de resolución, así que confírmalos con tu abogado en la norma aplicable.
Enterarte de la resolución el mismo día que se publica te deja todo el plazo para decidir.
Preguntas frecuentes
¿NeoJurídico me dice si debo apelar?
No. Te avisa de la resolución nueva; la decisión de recurrir y su redacción son de tu abogado.